La Audiencia Nacional declara injustificada la última modificación sustancial de las condiciones de trabajo y condena a la Empresa a reponer a los trabajadores afectados a sus anteriores condiciones de trabajo.
En su dura sentencia de 15 de julio, la Audiencia Nacional no considera acreditada la previsión de pérdidas presentada por Fnac para imponer -el pasado mes de abril-, una nueva modificación (o recorte) sustancial de las condiciones de trabajo a sus empleados.
En su dura sentencia de 15 de julio, la Audiencia Nacional no considera acreditada la previsión de pérdidas presentada por Fnac para imponer -el pasado mes de abril-, una nueva modificación (o recorte) sustancial de las condiciones de trabajo a sus empleados.
Las previsiones de pérdidas presentadas por FNAC son tachadas por la Audiencia Nacional como incompletas, imprecisas, carentes de cálculos específicos y poco rigurosas, por lo que las considera legalmente inadmisibles. Además, hace hincapié en que las mismas contradicen sin ningún rigor las previsiones macroeconómicas sobre evolución del consumo privado elaboradas por el Gobierno.
La Audiencia Nacional considera que FNAC ha estado exigiendo a la Sala de lo Social y a los representantes de los trabajadores “un acto de fe” inaceptable. Le recrimina que presente sus previsiones de pérdidas citando meros extractos aislados de un informe económico que ni tan siquiera presenta en su totalidad, usurpando de este modo a la Sala “el contenido completo de las previsiones, sus referencias, criterios y condiciones, ni cuándo fueron elaboradas y sobre qué bases y estudios”.
Los magistrados de la Sala de lo Social tampoco se explican cómo el copago de la mutua sanitaria puede prevenir “una evolución negativa” de Fnac, cuando esta sigue manteniéndose en beneficios y, es más, “los ha incrementado” en 2013. La Audiencia llega incluso al ejercicio hipotético de restar a los beneficios de Fnac el gasto en bonos y seguro médico, llegando a la conclusión de que el balance “de pérdidas y ganancias seguiría siendo positivo”. Por ello, los magistrados consideran que la intención última de Fnac es la de imponer una medida “redistributiva” que mejore el resultado de la Empresa a base de “empeorar” las condiciones de sus trabajadores. La Audiencia tacha este argumento de “circular”: los trabajadores “empeoran” en la medida que Fnac “mejora”, “sin que haya ningún dato objetivo […] que justifique este cambio en la distribución”.
Por todo ello, la Audiencia Nacional declara injustificada la modificación sustancial de las condiciones de trabajo de Fnac y la CONDENA “a reponer a los trabajadores afectados por la misma en sus anteriores condiciones de trabajo”, por lo que Fnac tendrá que sufragar el seguro médico al 100% y también a pagar en su totalidad los bonos a directivos y managers.